Buscar
×

Permisos retribuidos art. 37.3 Estatuto Trabajadores.

Este artículo fue publicado por el autor Editores el 09/02/2025 y actualizado el 09/02/2025. Esta en la categoria Artículos.

¿Conoces los permisos retribuidos a los que puedes acogerte como trabajador en España? En este artículo nos centraremos en el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, una norma que regula las bajas remuneradas por motivos diversos como la formación, el matrimonio o el fallecimiento de un familiar. ¡Sigue leyendo para descubrir todos los detalles!

Permisos retribuidos: ¿qué son?

Los permisos retribuidos son días libres concedidos por el empleador al trabajador sin que supongan una merma en su salario. Existen diferentes tipos de permisos retribuidos, entre los que destacan las vacaciones, los días de asuntos propios y los establecidos en el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores.

El artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores

Esta norma recoge una serie de situaciones en las que el trabajador tiene derecho a un permiso remunerado. A continuación, te explicamos los tipos de permisos recogidos en el artículo 37.3 y sus características:

Formación

Los trabajadores tienen derecho a un permiso retribuido de 20 horas anuales para formación vinculada a su puesto de trabajo. Este permiso se puede disfrutar en jornadas completas o en fracciones de la misma duración. Sin embargo, la empresa puede exigir que el trabajador curse la formación fuera del horario laboral si lo estima oportuno.

Matrimonio

Los trabajadores tienen derecho a un permiso retribuido de 15 días naturales en caso de matrimonio. Este permiso se puede disfrutar en días consecutivos o en días discontinuos. Además, la empresa no puede exigir que el trabajador acredite la celebración del matrimonio para concederle el permiso.

Fallecimiento de un familiar

Los trabajadores tienen derecho a un permiso retribuido de dos días naturales en caso de fallecimiento de un familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad. Este permiso se amplía a tres días si el fallecimiento se produce en el mismo municipio en el que reside el trabajador. Además, la empresa no puede exigir que el trabajador acredite el fallecimiento para concederle el permiso.

Nacimiento de un hijo

Los trabajadores tienen derecho a un permiso retribuido de una hora por cada día de trabajo en caso de nacimiento de un hijo o adopción. Este permiso se amplía a dos horas si el trabajador es padre o madre de tres o más hijos. Además, la empresa no puede exigir que el trabajador acredite el nacimiento para concederle el permiso.

Otras situaciones

El artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores recoge otras situaciones en las que el trabajador tiene derecho a un permiso remunerado:

FAQ

¿Los permisos retribuidos cuentan para la cotización a la Seguridad Social?

Sí, los permisos retribuidos cuentan para la cotización a la Seguridad Social. Esto significa que el trabajador seguirá acumulando derechos a la jubilación y a otras prestaciones durante el período de permiso.

¿La empresa puede exigir al trabajador que justifique el permiso retribuido?

En la mayoría de los casos, la empresa no puede exigir al trabajador que justifique el permiso retribuido. No obstante, la empresa puede solicitar una acreditación si existe una duda razonable sobre la causa que justifica el permiso.

¿Los permisos retribuidos se consideran tiempo de trabajo efectivo?

No, los permisos retribuidos no se consideran tiempo de trabajo efectivo. Esto significa que el trabajador no está obligado a realizar ninguna tarea laboral durante el periodo de permiso.

Conclusión

Los permisos retribuidos son un derecho reconocido a los trabajadores en el Estatuto de los Trabajadores. Entre los permisos retribuidos, el artículo 37.3 recoge una serie de situaciones en las que el trabajador tiene derecho a un permiso remunerado. Estas situaciones incluyen la formación, el matrimonio, el fallecimiento de un familiar, el nacimiento de un hijo y otras circunstancias excepcionales. Si eres trabajador en España, recuerda que tienes derecho a solicitar estos permisos y a disfrutarlos sin que ello suponga una merma en tu salario.

Referencias


Deja un comentario