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Estatuto de los Trabajadores: Permisos Completos

Este artículo fue publicado por el autor Editores el 09/02/2025 y actualizado el 09/02/2025. Esta en la categoria Artículos.

Si eres trabajador en España, seguramente has oído hablar del Estatuto de los Trabajadores. Este cuerpo legal regula las relaciones laborales entre empresas y empleados, y establece una serie de derechos y obligaciones para ambas partes. En este artículo, nos vamos a centrar en una parte concreta del Estatuto de los Trabajadores: los permisos completos.

Introducción

Los permisos completos son una de las formas en que el Estatuto de los Trabajadores protege los derechos de los trabajadores. Se trata de periodos de tiempo en los que el trabajador puede ausentarse de su puesto de trabajo con el fin de atender a asuntos personales o familiares. Existen diferentes tipos de permisos completos, y cada uno tiene sus propias características y requisitos.

Permisos retribuidos

Los permisos retribuidos son aquellos en los que el trabajador sigue cobrando su salario habitual durante el periodo de ausencia. Algunos ejemplos de permisos retribuidos son:

Permisos no retribuidos

Los permisos no retribuidos son aquellos en los que el trabajador no cobra su salario durante el periodo de ausencia. Algunos ejemplos de permisos no retribuidos son:

Requisitos

Para solicitar un permiso completo, el trabajador debe cumplir una serie de requisitos:

Conclusiones

Los permisos completos son una forma en que el Estatuto de los Trabajadores protege los derechos de los trabajadores en España. Existen diferentes tipos de permisos, algunos retribuidos y otros no, y cada uno tiene sus propios requisitos y características. Si eres trabajador en España, es importante que conozcas tus derechos en materia de permisos, ya que pueden ayudarte a atender asuntos personales o familiares sin tener que preocuparte por tu puesto de trabajo.

Preguntas Frecuentes

  1. ¿Cuánto tiempo puedo estar de baja por nacimiento de hijo? El trabajador tiene derecho a un permiso de 16 semanas (ampliables en caso de parto múltiple o discapacidad del hijo) por el nacimiento de un hijo.
  2. ¿Puedo dividir la hora de lactancia en dos periodos de media hora? Sí, el trabajador tiene derecho a dividir la hora de lactancia en dos periodos de media hora si así lo desea.
  3. ¿Tengo que justificar el permiso por enfermedad grave del cónyuge o pareja de hecho? No, en este caso no es necesario justificar el permiso con documentación adecuada.

Referencias

Si tienes dudas sobre alguno de los puntos aquí expuestos, no dudes en consultar la normativa legal o acudir a un experto en derecho laboral.


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