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Estatuto de los Trabajadores: Permiso por Fallecimiento

Este artículo fue publicado por el autor Editores el 09/02/2025 y actualizado el 09/02/2025. Esta en la categoria Artículos.

El Estatuto de los Trabajadores establece una serie de derechos y obligaciones que deben cumplir tanto los empleadores como los empleados en el marco de la relación laboral. Entre estos derechos, se encuentra el permiso por fallecimiento, un permiso retribuido que los trabajadores tienen derecho a disfrutar en determinadas circunstancias.

En este artículo, vamos a explicarte en detalle en qué consiste este permiso, cuáles son las circunstancias que dan derecho a su disfrute y cómo deben solicitarse y concederse. Además, te resolveremos algunas de las preguntas más frecuentes sobre el tema.

¿Qué es el permiso por fallecimiento?

El permiso por fallecimiento es un permiso retribuido que los trabajadores tienen derecho a disfrutar en caso de fallecimiento de determinados familiares. Este permiso se recoge en el artículo 37.3.c) del Estatuto de los Trabajadores, y su duración depende de la relación de parentesco que exista entre el fallecido y el trabajador.

¿Quiénes tienen derecho a este permiso?

Tienen derecho a este permiso los trabajadores que cuenten con un contrato de trabajo en vigor, y que hayan tenido una relación de parentesco de primer grado (padres, hijos), segundo grado (abuelos, nietos), o ascendientes o descendientes por consanguinidad o adopción, con el fallecido.

En caso de fallecimiento de un cónyuge o de una persona unida al trabajador por una relación de análoga a la conyugal, también se tiene derecho a este permiso, independientemente del grado de parentesco existente entre ellos.

¿Cómo se solicita y concede este permiso?

Para solicitar el permiso por fallecimiento, el trabajador debe comunicarlo a la empresa lo antes posible, y en todo caso, antes de que finalice el día hábil siguiente al fallecimiento. La comunicación se puede realizar de manera verbal o escrita, y debe especificar el grado de parentesco que existía entre el fallecido y el trabajador.

Una vez recibida la comunicación, la empresa debe conceder el permiso al trabajador, y éste debe disfrutarlo de forma continua e ininterrumpida. Si la empresa no concede el permiso o lo hace de forma parcial o inadecuada, el trabajador podrá reclamarlo por vía judicial.

¿Cuánto dura este permiso?

La duración del permiso por fallecimiento depende del grado de parentesco que exista entre el fallecido y el trabajador. Así, en caso de fallecimiento de un ascendiente o descendiente de primer grado (padre, madre, hijo o hija), el permiso tendrá una duración de dos días hábiles.

En caso de fallecimiento de un ascendiente o descendiente de segundo grado (abuelos, nietos), el permiso tendrá una duración de un día hábil. En el caso de fallecimiento de un cónyuge o de una persona unida al trabajador por una relación de análoga a la conyugal, el permiso tendrá una duración de dos días hábiles.

¿Qué ocurre si el fallecimiento se produce en un día no laborable o en un periodo de vacaciones?

Si el fallecimiento se produce en un día no laborable o en un periodo de vacaciones, el permiso se computará a partir del primer día laborable siguiente al fallecimiento o al día en que finalice el periodo de vacaciones.

En el caso de que el trabajador se encuentre disfrutando de vacaciones en el momento del fallecimiento, el permiso se descontará de las vacaciones si así lo solicita el trabajador. Si no lo solicita, el permiso se disfrutará al finalizar las vacaciones.

FAQ

¿Se puede percibir un salario durante el permiso por fallecimiento?

Sí, el permiso por fallecimiento es un permiso retribuido, por lo que el trabajador percibirá su salario íntegro durante el tiempo que dure el permiso.

¿Es obligatorio que la empresa conceda el permiso por fallecimiento?

Sí, la empresa está obligada a conceder el permiso por fallecimiento al trabajador, siempre que este cumpla con los requisitos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores. Si la empresa no concede el permiso o lo hace de forma parcial o inadecuada, el trabajador podrá reclamarlo por vía judicial.

¿Qué ocurre si el trabajador no comunica el fallecimiento a la empresa?

Si el trabajador no comunica el fallecimiento a la empresa, ésta no estará obligada a concederle el permiso por fallecimiento. Por ello, es recomendable que el trabajador comunique el fallecimiento a la empresa lo antes posible y en todo caso, antes de que finalice el día hábil siguiente al fallecimiento.

Conclusión

El permiso por fallecimiento es un derecho que tienen los trabajadores en caso de fallecimiento de determinados familiares. Este permiso tiene una duración determinada en función del grado de parentesco que exista entre el fallecido y el trabajador, y se concede de forma retribuida.

La empresa está obligada a conceder este permiso al trabajador, siempre que este cumpla con los requisitos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores. Si la empresa no concede el permiso o lo hace de forma parcial o inadecuada, el trabajador podrá reclamarlo por vía judicial.

Referencias


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