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¿Se cobra el 100% estando de baja por accidente laboral?

Este artículo fue publicado por el autor Editores el 09/02/2025 y actualizado el 09/02/2025. Esta en la categoria Artículos.

Cuando sufrimos un accidente laboral, uno de los pensamientos que más nos preocupa es cómo vamos a mantener nuestra economía durante el tiempo que estemos de baja. Es normal querer asegurarnos de que vamos a seguir percibiendo nuestros ingresos mientras nos recuperamos. En este artículo, vamos a abordar la pregunta de si se cobra el 100% estando de baja por accidente laboral.

La prestación por incapacidad temporal

En el caso de un accidente laboral, el trabajador tiene derecho a recibir una prestación por incapacidad temporal (IT). Esta prestación se abona a partir del cuarto día de baja y se extiende hasta el momento en que el médico considere que el trabajador ha recobrado su capacidad laboral. Durante este tiempo, el trabajador percibe el 75% de su base reguladora.

Sin embargo, existen excepciones en las que el trabajador puede cobrar el 100% de su base reguladora. Estas situaciones se refieren a los casos en los que el trabajador tenga hijos menores de 12 años a su cargo o sea un familiar directo cuidador de una persona con discapacidad.

El complemento por hijos a cargo

Cuando el trabajador accidentado tenga hijos menores de 12 años, puede solicitar un complemento por hijos a cargo. Este complemento se calcula sobre la base de la prestación por incapacidad temporal y se abona mensualmente al trabajador accidentado. Gracias a este complemento, el trabajador puede percibir el 100% de su base reguladora.

Este complemento por hijos a cargo se mantiene hasta que el trabajador recupere su capacidad laboral o, en caso contrario, hasta que los hijos cumplan los 12 años. Si el trabajador tiene más de un hijo menor de 12 años a su cargo, el complemento se calcula en base a cada hijo.

El complemento por familiares directos cuidadores

Otra excepción que permite cobrar el 100% de la base reguladora durante la baja por accidente laboral es la del complemento por familiares directos cuidadores. Este complemento se concede a los trabajadores que tengan a su cargo un familiar directo con un grado de discapacidad del 65% o superior.

El complemento por familiares directos cuidadores se calcula sobre la base de la prestación por incapacidad temporal y se abona mensualmente al trabajador accidentado. Gracias a este complemento, el trabajador pueden percibir el 100% de su base reguladora.

Este complemento se mantiene hasta que el trabajador recupere su capacidad laboral o, en caso contrario, hasta que el familiar necesite de una atención menor o ya no necesite de los cuidados del trabajador accidentado.

Conclusiones

En resumen, si bien el trabajador accidentado cobra el 75% de su base reguladora durante la baja por accidente laboral, existen excepciones que permiten al trabajador cobrar el 100% de su base reguladora. Estas excepciones son el complemento por hijos a cargo, en el caso de que el trabajador tenga hijos menores de 12 años, y el complemento por familiares directos cuidadores, en el caso de que el trabajador tenga a su cargo un familiar directo con un grado de discapacidad del 65% o superior.

Es importante tener en cuenta que la prestación por incapacidad temporal se abona a partir del cuarto dia de baja y se extiende hasta el momento en que el médico considere que el trabajador ha recobrado su capacidad laboral. Durante este tiempo, es posible solicitar los complementos mencionados anteriormente para cobrar el 100% de la base reguladora.

FAQ

1. ¿Cuánto se cobra durante la baja por accidente laboral?

El trabajador accidentado cobra el 75% de su base reguladora durante la baja por accidente laboral. Sin embargo, existen excepciones que permiten cobrar el 100%, como el complemento por hijos a cargo o el complemento por familiares directos cuidadores.

2. ¿Quién puede solicitar el complemento por hijos a cargo?

El complemento por hijos a cargo se puede solicitar por parte del trabajador accidentado que tenga hijos menores de 12 años a su cargo.

3. ¿Quién puede solicitar el complemento por familiares directos cuidadores?

El complemento por familiares directos cuidadores se puede solicitar por parte del trabajador accidentado que tenga a su cargo un familiar directo con un grado de discapacidad del 65% o superior.

4. ¿Cuándo se abona la prestación por incapacidad temporal?

La prestación por incapacidad temporal se abona a partir del cuarto dia de baja y se extiende hasta el momento en que el médico considere que el trabajador ha recobrado su capacidad laboral.

5. ¿Por cuánto tiempo se mantiene el complemento por hijos a cargo?

El complemento por hijos a cargo se mantiene hasta que el trabajador recupere su capacidad laboral o, en caso contrario, hasta que los hijos cumplan los 12 años. Si el trabajador tiene más de un hijo menor de 12 años a su cargo, el complemento se calcula en base a cada hijo.

Referencias


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