Qué pensionistas pueden pedir: Complemento por hijo
Este artículo fue publicado por el autor Editores el 09/02/2025 y actualizado el 09/02/2025. Esta en la categoria Artículos.
- Requisitos para solicitar el complemento por hijo
- Solicitar el complemento por hijo
- Cuantía del complemento por hijo
- Conclusiones
- Preguntas frecuentes
- ¿Qué documentación necesito para solicitar el complemento por hijo?
- ¿Se puede perder el derecho a cobrar el complemento por hijo?
- ¿Cómo se actualiza la cuantía del complemento por hijo?
- Referencias
Si eres pensionista y tienes hijos a tu cargo, es posible que tengas derecho a solicitar el complemento por hijo. Este beneficio económico está destinado a mejorar la situación de aquellas personas que reciben una pensión pública y tienen hijos menores de 18 años a su cargo, o mayores de esta edad si tienen algún tipo de discapacidad.
El complemento por hijo es una prestación complementaria a la pensión, que se encuentra regulada por la Ley General de la Seguridad Social. Se trata de un derecho subjetivo del pensionista que cumpla con los requisitos establecidos legalmente. Por ello, es importante conocer cuáles son estos requisitos, cómo solicitarlo y cuál es la cuantía que se puede percibir.
Requisitos para solicitar el complemento por hijo
Los requisitos para solicitar el complemento por hijo son los siguientes:
- Ser pensionista de la Seguridad Social o de un sistema de previsión social voluntario.
- Tener hijos menores de 18 años a cargo o mayores de 18 si tienen algún tipo de discapacidad.
- Que el hijo no tenga rentas propias superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en vigor.
- Que el hijo esté empadronado en la misma vivienda que el pensionista.
- Que el pensionista tenga reconocida la situación de dependencia del hijo, si es mayor de 18 años y tiene algún tipo de discapacidad.
La acreditación de estos requisitos se realizará mediante la presentación de la documentación necesaria, que se especificará en el momento de solicitar el complemento.
Solicitar el complemento por hijo
La solicitud del complemento por hijo se realiza en la oficina de la Seguridad Social correspondiente a la provincia en la que reside el pensionista. Es recomendable que el pensionista acuda personalmente a la oficina, pero también puede hacerlo a través de un representante legal, presentando la documentación necesaria.
Es importante tener en cuenta que el complemento por hijo se solicita con carácter retroactivo, es decir, se tendrá en cuenta la fecha en que se cumplen los requisitos. Por ello, es recomendable presentar la solicitud lo antes posible una vez se cumplan los requisitos.
También es posible solicitar el complemento por hijo telemáticamente a través del portal de la Seguridad Social, siguiendo los pasos indicados en su página web. Esta opción es especialmente útil para aquellos pensionistas que residan en áreas rurales o en otras provincias.
Cuantía del complemento por hijo
La cuantía del complemento por hijo depende del número de hijos que tenga el pensionista a cargo y de la cuantía de la pensión que reciba. Esta cuantía se actualiza anualmente en función del IPC y del SMI.
Actualmente, la cuantía del complemento por hijo es la siguiente:
- Por el primer hijo: 50,30 euros mensuales.
- Por el segundo hijo: 107,46 euros mensuales.
- Por el tercer hijo: 151,24 euros mensuales.
- Por el cuarto hijo y siguientes: 180,79 euros mensuales.
Si el pensionista tiene hijos con algún tipo de discapacidad, se aplicará un incremento adicional en la cuantía del complemento por hijo.
Conclusiones
El complemento por hijo es una prestación complementaria a la pensión que se puede solicitar por aquellos pensionistas que tengan hijos menores de 18 años a cargo o mayores de 18 si tienen algún tipo de discapacidad. Se trata de un derecho subjetivo del pensionista que cumpla con los requisitos establecidos legalmente, por lo que es importante conocer cuáles son estos requisitos, cómo solicitarlo y cuál es la cuantía que se puede percibir.
La solicitud se realiza en la oficina de la Seguridad Social correspondiente a la provincia en la que reside el pensionista, y se puede hacer de forma presencial o telemática. Es importante tener en cuenta que el complemento se solicita con carácter retroactivo, y que la cuantía depende del número de hijos que tenga el pensionista a cargo y de la cuantía de la pensión que reciba.
Preguntas frecuentes
¿Qué documentación necesito para solicitar el complemento por hijo?
La documentación necesaria para solicitar el complemento por hijo se especificará en el momento de solicitarlo, pero generalmente se requerirá el DNI del pensionista y de cada hijo, el libro de familia, el certificado de empadronamiento, la declaración de la renta del hijo y el certificado de discapacidad si el hijo la tiene.
¿Se puede perder el derecho a cobrar el complemento por hijo?
Sí, se puede perder el derecho a cobrar el complemento por hijo si se dejan de cumplir los requisitos establecidos legalmente, como por ejemplo, si el hijo deja de estar empadronado en la misma vivienda que el pensionista o si el hijo tiene rentas propias superiores al 75% del SMI.
¿Cómo se actualiza la cuantía del complemento por hijo?
La cuantía del complemento por hijo se actualiza anualmente en función del IPC y del SMI.
Referencias
- Ley General de la Seguridad Social. Artículo 121.
- Portal de la Seguridad Social. Complemento por hijo.
- Instituto Nacional de la Seguridad Social. Cuantías máximas por hijo a cargo.
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