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Ley de Segunda Oportunidad: Requisitos Completos


La Ley de Segunda Oportunidad es una norma aprobada en España en 2015 que tiene como objetivo ofrecer una salida a personas físicas y autónomos que se encuentran en una situación de sobreendeudamiento. Esta ley permite la cancelación de las deudas y una nueva oportunidad para empezar de cero. Si estás interesado en acogerte a esta ley, te interesará conocer los requisitos completos.

¿Quiénes pueden acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad está dirigida a personas físicas, autónomos y empresarios que hayan agotado todas las vías posibles para hacer frente a sus deudas y no puedan cumplir con sus obligaciones financieras.

¿Cuáles son los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

Para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, es necesario cumplir con una serie de requisitos:

  1. Situación de sobreendeudamiento: Es necesario demostrar que la situación económica es insostenible y que no hay posibilidad de hacer frente a las deudas.

  2. Realización de un plan de pagos: Durante los cinco años anteriores al acogimiento a la ley, es necesario haber intentado cumplir con un plan de pagos previamente acordado con los acreedores.

  3. Negativa de los acreedores a acordar un plan de pagos: Si los acreedores se niegan a acordar un plan de pagos o si el acuerdo no es viable, se puede acoger a la Ley de Segunda Oportunidad.

  4. Falta de bienes: Es necesario demostrar que no se tienen bienes suficientes para hacer frente a las deudas. En el caso de tener bienes, será necesario venderlos para pagar parte de la deuda.

  5. Asesoramiento previo: Es necesario recibir asesoramiento previo de un experto en la materia, como un abogado o un asesor financiero.

  6. Formulación de un plan de pagos: Una vez acogido a la Ley de Segunda Oportunidad, será necesario formular un plan de pagos que se ajuste a la capacidad económica del deudor.

¿Cómo se lleva a cabo el proceso?

Una vez cumplidos los requisitos, el proceso para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad es el siguiente:

  1. Presentación de la solicitud: Se presenta la solicitud en el Juzgado de Primera Instancia del lugar de residencia del deudor.

  2. Informe del mediador concursal: Se nombra un mediador concursal que emite un informe sobre la situación económica del deudor.

  3. Aprobación del plan de pagos: El juez aprueba el plan de pagos y se procede a su ejecución.

  4. Cancelación de las deudas: Una vez ejecutado el plan de pagos, el juez decreta la cancelación de las deudas no satisfechas.

¿Qué pasa con los bienes del deudor?

En el caso de tener bienes, será necesario venderlos para pagar parte de la deuda. Si los bienes no son suficientes para cubrir la deuda, el resto será cancelado.

¿Cuánto dura el proceso?

El proceso para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad puede durar entre seis meses y un año, dependiendo de la complejidad del caso y de la carga de trabajo del juzgado.

FAQ

¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad si tengo una empresa?

Sí, la Ley de Segunda Oportunidad está dirigida a personas físicas, autónomos y empresarios que se encuentren en una situación de sobreendeudamiento.

¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad si tengo una vivienda en propiedad?

Sí, pero será necesario venderla para pagar parte de la deuda. Si los bienes no son suficientes para cubrir la deuda, el resto será cancelado.

**¿Puedo seguir utilizando mis tarjetas de crédito si me acog


Autor: L Editores

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