¿Está la empresa obligada a pagar kilometraje?
Este artículo fue publicado por el autor Editores el 09/02/2025 y actualizado el 09/02/2025. Esta en la categoria Artículos.
¿Estás una empresa y te has preguntado si estás obligada a pagar el kilometraje a tus empleados? En este artículo, te proporcionaremos información útil y actualizada sobre este tema. Además, te daremos consejos prácticos para que puedas cumplir con tus obligaciones legales y, al mismo tiempo, optimizar tus gastos.
La legislación laboral española establece que las empresas deben pagar a sus trabajadores los gastos de desplazamiento, incluidos los kilómetros recorridos en vehículo propio. Sin embargo, existen algunas excepciones y matices que conviene conocer. A continuación, te explicamos los detalles.
La normativa que regula los gastos de desplazamiento en España es el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. En concreto, el artículo 26 establece que:
"Los trabajadores tienen derecho a la indemnización por los gastos que, en el ejercicio de su actividad laboral, deban realizar en transporte público o privado, así como los que ocasionen por el uso del vehículo propio, siempre que las necesidades del trabajo lo justifiquen."
Este derecho se concreta en la Orden ESS/230/2016, de 9 de febrero, por la que se desarrolla el artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores en materia de gastos de desplazamiento. En ella, se especifica que:
"La cuantía de la indemnización por el uso del vehículo propio en desplazamientos laborales será la establecida en el convenio colectivo o, en su defecto, la cantidad de 0,19 euros por kilómetro recorrido."
Además, la normativa señala que la empresa debe abonar los gastos de desplazamiento en el plazo de un mes desde la presentación de la justificación correspondiente.
No todas las empresas están obligadas a pagar el kilometraje a sus empleados. Hay algunas excepciones que conviene conocer:
- Si el desplazamiento se produce dentro de la jornada laboral y el trabajador utiliza su vehículo particular, la empresa no está obligada a abonar los gastos de kilometraje. No obstante, si el desplazamiento se realiza fuera de la jornada laboral, sí debe hacerlo.
- Si el trabajador tiene un contrato de trabajo a tiempo parcial, la empresa solo está obligada a pagar los gastos de kilometraje en la parte proporcional a la jornada laboral efectivamente realizada.
- Si el trabajador utiliza un vehículo de la empresa, no tiene derecho a percibir una indemnización por kilometraje. No obstante, la empresa debe abonar los gastos de combustible y mantenimiento.
Para cumplir con tus obligaciones legales y optimizar tus gastos, te recomendamos seguir estos consejos:
- Incluye en tu convenio colectivo una cantidad por kilómetro recorrido que sea justa y competitiva. Si no tienes convenio colectivo, aplica la cantidad establecida por ley, que es de 0,19 euros por kilómetro.
- Exige a tus empleados que justifiquen los gastos de kilometraje con documentos que acrediten el recorrido, como facturas de combustible o itinerarios de viaje.
- Valora la posibilidad de adquirir o alquilar vehículos de empresa para tus trabajadores. Así, podrás controlar mejor los gastos y ofrecer una mejor remuneración a tus empleados.
¿Qué ocurre si un empleado utiliza su vehículo particular para desplazamientos laborales y no lo justifica?
La empresa no está obligada a abonar los gastos de kilometraje si el empleado no presenta la justificación correspondiente. No obstante, si la falta de justificación se produce de forma reiterada o intencionada, la empresa podría considerar sancionar al trabajador por incumplimiento de sus obligaciones.
¿La empresa debe pagar el parking a sus empleados si utilizan su vehículo particular para desplazamientos laborales?
No, la empresa no está obligada a pagar el parking a sus empleados. No obstante, si la necesidad del trabajo lo justifica, la empresa podría considerar abonar este gasto como parte de la indemnización por kilometraje.
¿Puedo deducir los gastos de kilometraje en la declaración de la renta?
Sí, los trabajadores pueden deducir los gastos de kilometraje en la declaración de la renta, siempre que puedan justificarlos con documentos acreditativos. La cantidad deducible depende del tipo de combustible del vehículo y del número de kilómetros recorridos.
En definitiva, las empresas están obligadas a pagar el kilometraje a sus empleados si las necesidades del trabajo lo justifican. No obstante, existen algunas excepciones y matices que conviene conocer. Si sigues los consejos prácticos que te hemos ofrecido, podrás cumplir con tus obligaciones legales y optimizar tus gastos.
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- Orden ESS/230/2016, de 9 de febrero, por la que se desarrolla el artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores en materia de gastos de desplazamiento.
- Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
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