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Despido Procedente: Guía Completa y Legal

Este artículo fue publicado por el autor Editores el 09/02/2025 y actualizado el 09/02/2025. Esta en la categoria Artículos.

El despido procedente es una figura legal que, aunque no sea del agrado de ningún empleado, es una realidad a la que muchas personas se enfrentan en su vida laboral. Si estás pasando por esta situación o quieres estar prevenido por si acaso, has llegado al lugar correcto. En este artículo, te explicaremos todo lo que necesitas saber sobre el despido procedente: qué es, cómo se hace, cuáles son los motivos y las consecuencias. ¡Empecemos!

¿Qué es el despido procedente?

El despido procedente es una forma de terminar la relación laboral entre una empresa y un trabajador de manera justificada y legal. A diferencia del despido improcedente, en el que la empresa no da ninguna razón o ésta no es suficiente, en el despido procedente sí hay un motivo que lo justifica.

El despido procedente se regula en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores, que establece que la causa debe ser objetiva, es decir, ajena a la persona del trabajador, y que éste debe ser notificado por escrito con una antelación mínima de 15 días. Además, el trabajador tendrá derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado con un límite de 12 mensualidades.

¿Cuáles son los motivos del despido procedente?

Los motivos del despido procedente se dividen en dos categorías: los económicos, técnicos, organizativos y de producción (ETOP) y los de fuerza mayor. Veamos cada uno de ellos con más detalle:

Motivos económicos, técnicos, organizativos y de producción (ETOP)

Los motivos ETOP son aquellos que afectan a la empresa y que justifican el despido procedente. Estos pueden ser:

En todos los casos, la empresa deberá acreditar la existencia de estos motivos y su relación con el despido, así como la aplicación de medidas encaminadas a evitarlo, como la reducción de jornada o el traslado de trabajadores.

Motivos de fuerza mayor

Los motivos de fuerza mayor son aquellos que impiden el cumplimiento de las obligaciones laborales y que no pueden imputarse a la empresa ni al trabajador. Estos pueden ser:

En todos los casos, la empresa deberá acreditar la existencia de la fuerza mayor y su relación con el despido.

¿Cómo se hace un despido procedente?

Para realizar un despido procedente, la empresa deberá seguir los siguientes pasos:

  1. Motivar el despido: como hemos visto anteriormente, la empresa deberá justificar el despido con un motivo objetivo y acreditarlo.
  2. Notificar el despido por escrito: la empresa deberá notificar el despido al trabajador por escrito con una antelación mínima de 15 días.
  3. Indemnizar al trabajador: el trabajador tendrá derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado con un límite de 12 mensualidades.
  4. Facilitar el reingreso: si el despido es declarado improcedente, la empresa deberá readmitir al trabajador en las mismas condiciones que tenía antes del despido o abonarle una indemnización adicional.

¿Qué consecuencias tiene el despido procedente?

El despido procedente tiene las siguientes consecuencias:

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre un despido procedente y un despido improcedente?

La diferencia entre un despido procedente y un despido improcedente es el motivo. En el despido procedente, hay un motivo objetivo y justificado, mientras que en el despido improcedente, no lo hay o éste no es suficiente.

¿Qué Motivos hay para un despido procedente?

Los motivos para un despido procedente son los económicos, técnicos, organizativos y de producción (ETOP) y los de fuerza mayor.

¿Cómo se hace un despido procedente?

Para realizar un despido procedente, la empresa deberá motivar el despido, notificarlo por escrito con una antelación mínima de 15 días, indemnizar al trabajador y facilitar el reingreso si el despido es declarado improcedente.

¿Qué consecuencias tiene el despido procedente?

El despido procedente supone el fin de la relación laboral, el derecho a la indemnización y la facilidad para el reingreso si el despido es declarado improcedente.

Referencias

  1. Estatuto de los Trabajadores Artículo 54
  2. Ministerio de Trabajo y Economía Social Guía de Despido

Si necesitas más información sobre el despido procedente, no dudes en consultar con un abogado laboralista o una asesoría jurídica. Ellos te podrán aconsejar y ayudar en tu caso concreto. ¡Mucho ánimo y suerte!


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