Cuándo se cobra Ingreso Mínimo Vital este mes: Información actualizada.
Este artículo fue publicado por el autor Editores el 09/02/2025 y actualizado el 09/02/2025. Esta en la categoria Artículos.
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación económica impulsada por el Gobierno de España con el objetivo de garantizar unos ingresos mínimos a las personas y unidades de convivencia en situación de vulnerabilidad. Si eres uno de los beneficiarios de esta ayuda, es importante que conozcas cuándo se cobra el Ingreso Mínimo Vital cada mes. En este artículo te ofrecemos información actualizada sobre los pagos del IMV.
¿Cómo se calcula la fecha de cobro del Ingreso Mínimo Vital?
La fecha de cobro del Ingreso Mínimo Vital se determina en función del número de trámite asignado a cada solicitud. A continuación, te mostramos el calendario de pagos mensuales en función del trámite:
- Trámite 1: Los días 10 de cada mes se realiza el pago a los beneficiarios cuyo trámite finaliza en un número impar (1, 3, 5, 7, 9).
- Trámite 2: Los días 15 de cada mes se realiza el pago a los beneficiarios cuyo trámite finaliza en un número par (2, 4, 6, 8, 0).
Asimismo, la cuantía del IMV varía en función del número de miembros de la unidad de convivencia y la renta per cápita de la misma. El importe mínimo es de 461 euros, y puede llegar hasta los 1.015 euros en el caso de una familia monoparental con dos hijos a cargo.
Novedades en el cobro del Ingreso Mínimo Vital
A lo largo de los últimos meses, el Gobierno ha ido introduciendo cambios en el sistema de cobro del IMV. Entre las novedades más relevantes, cabe destacar las siguientes:
- Ampliación del plazo de solicitud: Debido a la situación excepcional provocada por la pandemia de COVID-19, el plazo de solicitud del IMV se amplió hasta el 15 de octubre de 2021. No obstante, esta medida se encuentra en revisión, por lo que es recomendable mantenerse actualizado sobre las posibles modificaciones.
- Pago retroactivo: Los beneficiarios del IMV pueden solicitar el pago retroactivo de la prestación desde el mes de marzo de 2020. Esta medida se encuentra dirigida a aquellas personas que se encontraban en situación de vulnerabilidad antes de la llegada del coronavirus y no habían solicitado todavía el Ingreso Mínimo Vital.
- Modificación de la cuantía: El Gobierno ha aprobado una actualización de las cuantías del IMV, en consonancia con el incremento del IPC. La nueva cuantía será efectiva a partir del mes de enero de 2022.
Preguntas frecuentes sobre el cobro del Ingreso Mínimo Vital
- ¿Puedo solicitar el Ingreso Mínimo Vital si soy autónomo?
Sí, los autónomos también pueden solicitar el IMV. No obstante, deberán acreditar una reducción de ingresos de al menos el 75% en los últimos seis meses en comparación con el promedio de los doce meses anteriores.
- ¿El Ingreso Mínimo Vital es compatible con otras prestaciones?
El Ingreso Mínimo Vital es compatible con otras prestaciones como el paro, la pensión de jubilación o la prestación por hijos a cargo, entre otras. Sin embargo, no es compatible con el salario mínimo interprofesional (SMI).
- ¿Tengo que presentar la declaración de la renta si cobro el Ingreso Mínimo Vital?
No es necesario presentar la declaración de la renta si cobras el Ingreso Mínimo Vital, siempre que no tengas otras rentas o ganancias que superen los 22.000 euros anuales.
Conclusion
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación económica fundamental para garantizar los ingresos mínimos a las personas y unidades de convivencia en situación de vulnerabilidad. En este artículo te hemos ofrecido información actualizada sobre el calendario de pagos del IMV y las novedades más relevantes en relación con el sistema de cobro de esta prestación.
En definitiva, el Gobierno sigue trabajando en la mejora del sistema de cobro del Ingreso Mínimo Vital para garantizar una mayor protección social a los colectivos más vulnerables. Por ello, es importante mantenerse actualizado sobre las modificaciones que se puedan producir en relación con el IMV.
Referencias
- Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
- Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
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