Consultar Estado Ingreso Mínimo Vital - Guía Completa
Este artículo fue publicado por el autor Editores el 09/02/2025 y actualizado el 09/02/2025. Esta en la categoria Artículos.
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación económica que el Gobierno de España puso en marcha en junio de 2020 con el objetivo de garantizar unos ingresos mínimos a las personas y unidades de convivencia sin recursos económicos suficientes para cubrir sus necesidades básicas. Si estás interesado en saber si tienes derecho a cobrar el IMV, en esta guía te explicamos cómo puedes consultar el estado de tu solicitud y los pasos que debes seguir.
¿Cómo consultar el estado del Ingreso Mínimo Vital?
Existen diferentes vías para consultar el estado de tu solicitud del IMV, dependiendo del momento en el que te encuentres:
- Antes de presentar la solicitud: Si aún no has presentado tu solicitud, puedes hacer una estimación del importe que podrías recibir y comprobar si cumples los requisitos a través de la herramienta de autodiagnóstico disponible en la página web del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
- Después de presentar la solicitud: Una vez que hayas presentado tu solicitud, podrás consultar su estado a través del servicio de consulta de expedientes de la Sede Electrónica del INSS. Para ello, necesitarás disponer de un certificado digital o del servicio Cl@ve PIN. También podrás consultarlo por teléfono llamando al 901 10 65 70 o acudiendo a una de las oficinas del INSS.
- Una vez resuelta la solicitud: Una vez que el INSS haya resuelto tu solicitud, podrás consultar la resolución a través del mismo servicio de consulta de expedientes de la Sede Electrónica del INSS. En caso de ser favorable, el pago se realizará mensualmente a través de transferencia bancaria.
¿Qué hacer si mi solicitud es denegada?
Si tu solicitud es denegada, podrás presentar una reclamación o un recurso de alzada en el plazo de un mes desde que recibas la notificación. Para ello, tendrás que aportar nueva documentación o argumentos que justifiquen tus derechos a la prestación. Si la resolución de la reclamación o del recurso de alzada sigue siendo desfavorable, podrás acudir al Tribunal Social correspondiente.
Preguntas frecuentes
1. ¿Quién puede solicitar el Ingreso Mínimo Vital?
Podrán solicitar el Ingreso Mínimo Vital las personas y unidades de convivencia que carezcan de recursos económicos suficientes para cubrir sus necesidades básicas. Además, deberán cumplir una serie de requisitos, como ser mayor de edad o estar empadronado en España.
2. ¿Cómo se calcula el importe del Ingreso Mínimo Vital?
El importe del Ingreso Mínimo Vital se calcula en función del número de miembros de la unidad de convivencia y su edad. Además, se tendrán en cuenta las rentas y los patrimonios de los miembros de la unidad de convivencia, así como las prestaciones sociales que reciban.
3. ¿Cuándo se cobra el Ingreso Mínimo Vital?
El Ingreso Mínimo Vital se cobra mensualmente por transferencia bancaria. El pago se realizará el día 10 de cada mes, excepto en diciembre, que se adelantará al día 8.
4. ¿Es compatible el Ingreso Mínimo Vital con otras prestaciones sociales?
Sí, el Ingreso Mínimo Vital es compatible con otras prestaciones sociales, como el paro o la pensión de jubilación. Sin embargo, se tendrán en cuenta las rentas y los patrimonios de los miembros de la unidad de convivencia a la hora de calcular el importe de la prestación.
Conclusion
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación económica que el Gobierno de España puso en marcha con el objetivo de garantizar unos ingresos mínimos a las personas y unidades de convivencia sin recursos económicos suficientes. En esta guía, te hemos explicado cómo puedes consultar el estado de tu solicitud y resolver tus dudas sobre esta nueva prestación. Si tienes problemas para acceder a la información o necesitas asesoramiento personalizado, no dudes en acudir a una oficina del INSS o contactar con un abogado especializado en derecho laboral.
References
- Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
- Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
- Cl@ve PIN
- Tribunal Social
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